RAUL ANDRES CATALAN VILLANUEVA C/ ANDREA MAGDALENA VALDES FUENTES
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
INJURIAS Y CALUMNIAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL. ART. 29 LEY 19733.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1.- Que, en primer lugar, malamente puede alegarse, en este caso, la preclusión de la posibilidad de alegar el abandono de la querella, por cuanto la única presentación de la parte querellada, previa a dicha alegación, es el patrocinio y poder, actuación que en ningún caso puede estimarse como una gestión que resulte incompatible con la petición de abandono. 2.- Que, sin perjuicio de lo anterior, tampoco se configura la situación de abandono de la querella que regula el artículo 402 del Código Procesal Penal, por cuanto, por una parte, la parte querellante asistió a la audiencia de juicio fijada para el día 22 de agosto y, por otra parte, la inactividad por más de treinta días en el procedimiento se refiere a la falta de realización de diligencias útiles que sean de cargo del querellante, lo que claramente no se configura durante el tiempo que transcurre entre la resolución que fija la audiencia de juicio y la fecha de la misma, menos aún si consta en autos que con fecha 7 de agosto del año en curso, el querellante encomendó la notificación al receptor judicial. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintidós de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, en causa RIT 1428-2023, sin costas del recurso. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1221-2023.Penal.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, seis de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: 1.- Que, en primer lugar, malamente puede alegarse, en este caso, la preclusión de la posibilidad de alegar el abandono de la querella, por cuanto la única presentación de la parte querellada, previa a dicha alegación, es el patrocinio y poder, actuación que en ningún caso puede estimarse como una gestión que resulte
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