RECURRENTE:VIRGINEA LEAÑOS CURASI RECURRIDO:SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: El día 8 de mayo del 2023, comparece VIRGINIA LEAÑOS CURASI, cédula de identidad N° 27.224.651-3, con domicilio en Los Bronces, de la comuna de Coltauco, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por el rechazo en su solicitud de visa temporaria. Relata que realizó la solicitud de visa temporaria (N° 24553725) la cual fue rechazada por no subsanar la documentación lo cual no realizó porque no tenía acceso a internet. Por ello, calculó la multa y la pagó, para posteriormente ingresar una nueva solicitud, la N° 24554940 de la cual a la fecha no tiene respuesta. Pide alguna solución puesto que ha cumplido con las leyes y requiere estar legal en el país porque tiene 2 niñas que estudian. A folio 4 comparece el Servicio recurrido requiriendo el rechazo de la presente acción de protección. Refiere el historial migratorio de la extranjera y señala que con fecha 18 de mayo de 2021, la recurrente solicitó la prórroga de la Residencia Temporal, ingresada con el ID N° 24553725. Sin embargo, con fecha 4 de noviembre de 2021, el Servicio emitió contra la solicitud de la recurrente comunicación electrónica de solicitud incompleta o insuficiente otorgándole el plazo de 5 días para subsanar. Luego, con fecha 13 de enero de 2022, la recurrente ingresa la subsanación de la solicitud de prórroga de residencia temporal, ingresada con el ID N° 24554940. Luego, el 24 de febrero de 2022, el Servicio emitió comunicación electrónica, informando a la recurrente, que la tramitación de su solicitud se tiene por concluida por no cumplir con los plazos. En virtud de lo anterior, la recurrente mantiene situación migratoria irregular en el territorio nacional, pues debiendo subsanar no cumplió con los plazos, por lo cual, se tuvo por concluida su tramitación, sin embargo, podría volver a postular al beneficio requerido. Señala que esa parte ha actuado con estricto apego a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, por lo que entiende
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de VIRGINIA LEAÑOS CURASI, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 1.829-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada totalmente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, seis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS: El día 8 de mayo del 2023, comparece VIRGINIA LEAÑOS CURASI, cédula de identidad N° 27.224.651-3, con domicilio en Los Bronces, de la comuna de Coltauco, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por el rechazo en su solicitud de visa temporaria. Relata que realizó la solicitud de
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