SIN INFORMACION

PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner interpone recurso de protección en favor del ciudadano haitiano Jules Pierre, domiciliado en calle Pegaso No 2871, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su Director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia definitiva formulada el 11 de febrero de 2021 lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que previo a evacuar su informe el recurrido el Servicio Nacional de Migraciones, solicita se declare inadmisible el recurso. Argumenta que la presente acción constitucional no reúne los requisitos básicos establecidos en la Constitución Política de la República y el Auto Acordado que rige la materia, y que, según ha resuelto la Excma. Corte Suprema en las sentencias Rol N°115.064-2022 y N°115.368-2022, ambas de 20 de marzo pasado, no existe ilegalidad ni arbitrariedad ni aun en grado de amenaza que pueda ser tutelada mediante el presente arbitrio excediendo la materia con creces la tutela cautelar que es propia de la acción de protección. Refiere que tampoco se reclama la existencia de un derecho indubitado susceptible de ser cautelado por esta vía. En subsidio, alega falta de legitimación pasiva, ya que la supuesta acción u omisión que se considera ilegal emana de terceros indeterminados. Estima que la autoridad ha actuado conforme a la normativa por la que se rige sin dejar en la indefensión a la parte recurrente, procurando mantener su regularidad migratoria en el país que le permite realizar cual

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara que se acoge la excepción de litis pendencia planteada por la parte recurrida, y se pone término, en consecuencia, a la presente causa, sin perjuicio de otros derechos que pueda hacer valer el recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1074-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Téngase por cumplida la medida para mejor resolver decretada. Rija el estado de acuerdo. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner interpone recurso de protección en favor del ciudadano haitiano Jules Pierre, domiciliado en calle Pegaso No 2871, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional d

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