CLINICA BICENTENARIO S.P.A/ORELL SOTO CLAUDIA CAROLINA (LTE)
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que la suspensión a que se refiere el artículo 6° de la Ley 21.226 no resultaba aplicable en la especie, por cuanto la citada disposición supone la existencia de un término probatorio ya iniciado o que se inicie durante la vigencia del estado de excepción constitucional, cuyo no es el caso, se revoca la resolución apelada de tres de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento. Devuélvase. N°Civil-2572-2022. En Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento. Devuélvase. N°Civil-2572-2022. En Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 14: a todo, téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración que la suspensión a que se refiere el artículo 6° de la Ley 21.226 no resultaba aplicable en la especie, por cuanto la citada disposición supone la existencia de un término probatorio ya iniciado o que se in
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