LAINES / ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Folio 1: se interpone recurso de protección doña María Clara Laines Laines, en contra de Isapre Cruz Blanca S .A., por el acto arbitrario que vulnera las garantías constitucionales del derecho a la vida y la integridad psíquica, el derecho de igualdad ante la ley y la protección a la salud establecidos en el artículo 19 N°1, N°2 y N°9 de la Constitución Política de la República; garantizados por el artículo 20 de la Carta Magna, por su actuar ilegal y arbitrario, consistente en no dar cobertura por los días que su cónyuge y carga don Lister Méndez Díaz estuvo internado en la unidad de cuidados intensivos, quien ingreso por ley de urgencia. Indica que con fecha 6 de junio de 2023 fue notificada por carta certificado que debía pagar la suma de $2.000.000 actualmente, que no cubre su plan de salud, haciendo presente que fue a través de Ley de urgencias. Hace presente que estuvo 5 días internado en la UCI y luego 5 días más en Sala del hospital Clínico de Viña del Mar Pide que se acoja la presente acción constitucional, ordenando a la recurrida proceda a re liquidar la cuenta clínica, daño cobertura a todos los días de hospitalización, con costas. A folio 11, evacua informe la recurrida Cruz Blanca S.A., solicitando el rechazo del presente recurso, indicando que el mismo sería improcedente pues ha sido deducido en una materia que la jurisprudencia ha sostenido que no puede ser debatido en sede de protección. Añade, que para hacer procedente la presente acción constitucional debe existir un derecho indubitado o preexistente, por lo que estima no hay acto ilegal o arbitrario que reprochar. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el acto recurrido en estos autos lo constituye la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la Isapre, en cuanto negó cobertura financiera a la totalidad del periodo que permaneció hospitalizado en la UCI la carga legal de la actora, don Lister Méndez Díaz. Tercero: Que, en apoyo de la pretensión de la recurrente, obra en autos informe de Hospitalización del Hospital Clínico Viña del Mar. De dicho informe consta que la hospitalización indicada por dicho nosocomio abarcó desde el 08 al 15 de febrero de 2023, en la Unidad de Cuidados Intensivos, prescripción médica que no ha sido controvertida en la presente causa. Cuarto: Que, en estas condiciones, la negativa de la recurrida de cubrir la referida internación por el periodo total que ésta duró, constituye una acción arbitraria e ilegal que conculca la garantía del derecho a la vida y a la integridad física, además, del de propiedad, desde que sin fundamento mantiene al asegurado sin cobertura respecto de una prestación que no se ha discutido, la tenga.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, el recurso de protección interpuesto en favor de MARIA CLARA LAINES LAINES, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A, solo en cuanto la recurrida deberá cubrir los gastos que corresponden a los restantes dos días en que el paciente se mantuvo en la UCI, de conformidad con el respectivo contrato de salud. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-20335-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Folio 1: se interpone recurso de protección doña María Clara Laines Laines, en contra de Isapre Cruz Blanca S .A., por el acto arbitrario que vulnera las garantías constitucionales del derecho a la vida y la integridad psíquica, el derecho de igualdad ante la ley y la protección a la salud establecidos en el art
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica