HERRERA/SÁNCHEZ (A LA VISTA INGRESO CORTE N° 2871-2023)
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Correa Molina, abogado, en representación de la denunciante, en procedimiento sobre despido vulneratorio de garantías fundamentales, caratulados "HERRERA con SANCHEZ", que se siguen ante el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT T-1544-2023, interponiendo recurso de hecho, en contra de la resolución de fecha 17 de agosto de 2023, que concedió en ambos efectos una apelación interpuesta por la demandada, en contra de la resolución que denegó la solicitud de medida cautelar innominada de suspensión del pago de las cuotas del finiquito pactado entre las partes del juicio, en circunstancia que debió conceder el recurso, en el solo efecto devolutivo. Expone que el día 17 de agosto de 2023, se celebró audiencia preparatoria sobre denuncia interpuesta por mi representada por vulneración de derechos fundamentales, por “despido discriminatorio”, y en subsidio de demanda por despido verbal, precisando que en dicha audiencia, la demandada solicita al tribunal una medida cautelar innominada, de suspensión del pago de las cuotas del finiquito pactado entre la actora y su ex empleador, fundando su solicitud en el artículo 444 del Código del Trabajo, la cual fue desestimada por el tribunal. Sostiene que el legislador laboral, anticipándose a este tipo de situaciones y a eventuales antinomias, entrega una solución para este tipo de incidencia, con argumento de texto en el artículo 177 del Código del Trabajo, al disponer que el finiquito debe pagarse dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador, señalando además que las partes podrán pactar cuotas, lo que no ocurre en el caso de autos; porque la demandante no consintió en el pago en cuotas, y estas obedecen a la imposición arbitraria, por parte de la Notario Público demandada. Asevera que al aplicarse la norma del artículo 476 del cuerpo legal antes citado, frente a una medida cautelar innominada como la planteada, se estaría d
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo; y artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado Rodrigo Correa Molina, en representación de la parte denunciante en contra de la resolución de diecisiete de agosto de dos mil veintitrés y se declara admitida la apelación deducida en audiencia de la misma fecha y año, en el sólo efecto devolutivo. Déjese constancia de lo resuelto en el Ingreso Corte Nº2871-2023. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Laboral-Cobranza 2862-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A de Santiago. Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Correa Molina, abogado, en representación de la denunciante, en procedimiento sobre despido vulneratorio de garantías fundamentales, caratulados "HERRERA con SANCHEZ", que se siguen ante el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT T-1544-2023, interpo
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