1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CONADE LTDA CON DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2023

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-313-2021, RUC Nº 21-4-0355111-K, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “CONADE LTDA CON DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO”, en procedimiento de aplicación general sobre reclamación de resolución que resuelve reconsideración administrativa del artículo 512 del Código del Trabajo. Por sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veintidós, el magistrado don Gustavo Benavente Mora, rechazó en todas sus partes –tanto principal como subsidiariamente- la reclamación impetrada a folio 1, por la empresa CORPORACIÓN NACIONAL DE ENERGÍA LIMITADA, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO ORIENTE. Finalmente, condenó en costas a la parte reclamante, por haber resultado totalmente vencida, fijándose las mismas en la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.-). Contra ese fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria; (i) causal de nulidad del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N°4, ambos del Código del Trabajo; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del citado cuerpo normativo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 144 del Código de Procedimiento Civil y 432 del Código Laboral. Solicita que se invalide la referida sentencia, en la parte que rechazó el reclamo judicial, por haber incurrido en la primera causal de nulidad; y, acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se declare que se acoge en todas sus partes el reclamo judicial y se deja sin efecto la multa reclamada, con costas.; o, en subsidio, pide que se acoja el recurso de nulidad, por la segunda causal de nulidad, invalide la sentencia en la parte que condenó a su parte a pagar costas por $1.000.000, y acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se declare que se rechaza

Fundamentos

Considerando: (i) Causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo. Primero: Que la parte reclamante funda su recurso de nulidad, explicando -previa exposición de los antecedentes del proceso- que la sentencia fue pronunciada con omisión del requisito contemplado en el artículo 459 Nº 4 del Código del Trabajo. Sostiene que la sentencia impugnada no contiene el análisis de toda la prueba rendida que resultaba atingente para determinar que Conade sí cumplió con enviar los antecedentes requeridos por la entidad fiscalizadora, y por lo tanto era evidente que existió un error de hecho en la aplicación de la multa, que ameritaba que ésta fuera dejada sin efecto por el tribunal del grado. Hace referencia el considerando 6° del

Fallo

fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria; (i) causal de nulidad del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N°4, ambos del Código del Trabajo; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del citado cuerpo normativo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 144 del Código de Procedimiento Civil y 432 del Código Laboral. Solicita que se invalide la referida sentencia, en la parte que rechazó el reclamo judicial, por haber incurrido en la primera causal de nulidad; y, acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se declare que se acoge en todas sus partes el reclamo judicial y se deja sin efecto la multa reclamada, con costas.; o, en subsidio, pide que se acoja el recurso de nulidad, por la segunda causal de nulidad, invalide la sentencia en la parte que condenó a su parte a pagar costas por $1.000.000, y acto seguido, dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se declare que se rechaza el reclamo judicial, sin costas, por haber tenido el reclamante motivo plausible para litigar. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: (i) Causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo. Primero: Que la parte reclamante funda su recurso de nulidad,

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7 Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-313-2021, RUC Nº 21-4-0355111-K, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “CONADE LTDA CON DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO”, en procedimiento de aplicación general sobre reclamación de resolución que resuelve reconsideración administrativa del artículo 512 del Código del

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