SIN INFORMACION

MANUEL SEGUNDO MACHUCA MARTINEZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Rodolfo Robles Pino, abogado, defensor penal público penitenciario, para interponer acción constitucional de amparo en favor de don Manuel Segundo Machuca Martínez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el 18 de abril del año en curso, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representado, de 32 años, se encuentra cumpliendo una condena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, impuesta por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en causa RIT 3144-2020 por el delito de robo de vehículo motorizado, y a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, impuesta por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de robo en bienes nacionales de uso público. Agrega que registra como fecha de inicio de condena el 21 de noviembre de 2021, como fecha estimada de término el 24 de enero de 2024, y que cumplió con el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio el 30 de noviembre de 2022. Registra 5 bimestres de conducta muy buena. Sostiene que cumple con el requisitos de conducta y cuenta con un informe psicosocial elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile,

Fundamentos

motivos por los cuales estima concurrentes todos los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional, añadiendo con ello que la recurrida actuó de manera ilegal y arbitraria toda vez que solo se enfocó en los aspectos desfavorables de dicho informe, no sopesando aquello que la favorecía. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representada. Segundo: Que Gendarmería de Chile acompañó el informe consolidado de postulación al proceso de libertad condicional e informe psicosocial del interno. De acuerdo a tales antecedentes, indica que el amparado fue condenado a dos penas, una condena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, impuesta por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en causa RIT 3144-2020 por el delito de robo de vehículo motorizado, y otra de 541 días de presidio menor en su grado medio, impuesta por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de robo en bienes nacionales de uso público. Agrega que registra como fecha de inicio de condena el 21 de noviembre de 2021, como fecha estimada de término el 24 de enero de 2024, y que cumplió con el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio el 30 de noviembre de 2022. Registra 5 bimestres de conducta muy buena. En dicho informe, se destaca que el recurrente no es parte del programa de intervención, no obstante, está a la espera de ser incorporado y designar las actividades a realizar, por medio de un plan e intervención individual. Además, se da cuenta que el recluso ha tenido participación en el ámbito laboral, con desempeño satisfactorio y está a la espera de ser incorporado a las actividades escolares. No obstante lo anterior, requiere participar de las actividades orientadas a disminuir el riesgo de reincidencia e intervenir en áreas de riesgo específicas y, de este modo, evaluar avances que favorezcan un eventual proceso de reinserción, en tanto, mantiene nivel de reincidencia alto. Respecto al ámbito familiar, muestra un apoyo familiar favorable, pero estos minimizan y justifican el comportamiento desviado del condenado, por lo que podrían no constituirse como factor protector frente a futuras conductas de riesgo. En relación a la percepción y análisis del comportamiento delictivo, valida dicho actuar como medio para la adquisición de beneficios materiales y personales. El mal causado solo es reconocido en el ámbito personal y familiar, dada la experiencia de reclusión, mas no se aprecia relacionado con las consecuencias que tuvo respecto de las víctimas de sus delitos. Así, la conciencia de delito y mal causado impresiona como insuficiente. Por último, se registra en dicho informe que el recurrente se encuentra en libertad por haber cumplido la pena en causa RIT 9722-2019, del Juzgado de Garantía de san Bernardo, al registrar 1022 días de abono, habiendo egresado del C.D.P de Puente Alto el 24 de jul

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, ademáś, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de la condenada Manuel Segundo Machuca Martínez. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº 654-2023 Amparo

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la postulante de la Corporación de Asistencia Judicial señora Alejandra Bunger. San Miguel, 5 de septiembre de 2023. Emil Ibarra Sáez, Relator. (Hora de inicio 09:47 am. - hora de término 09:56 am). San Miguel, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 8: A lo principal, primer y tercer otrosí: téngase presen

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