REMENTERÍA/LYON
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el día seis de junio del año en curso, en contra de la resolución de fecha veintitrés de febrero del mismo año. Devuélvase. N°Civil-13304-2023.-
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el día seis de junio del año en curso, en contra de la resolución de fecha veintitrés de febrero del mismo año. Devuélvase. N°Civil-13304-2023.-
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, seis de septiembre de dos mil veintitrés. A los folios N°s 1 y3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la di
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