VASQUEZ IBARRA MIGUEL ALEXANDER / CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA SANTIAGO SUR
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ana María Vásquez Ibarra, quien interpone acción de amparo en favor de don Miguel Alexander Vásquez Ibarra, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de Gendarmería de Chile por no haber efectuado los abonos respectivos al cumplimiento de la condena del amparado. Expresa que el abono debe ser utilizado para futuras condenas y que de habérsele reconocido los siete meses de abono que le corresponden, habría cumplido su pena. Por ello, solicita el acogimiento del recurso con el objeto que otorgarle la debida protección ante las amenazas de muerte y hostigamiento que recibe al interior del recinto penitenciario de parte de los internos. Segundo: Que informando por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, comparece don Néstor Ricardo Rojas Pardo, abogado, quien refiere que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, el que se encuentra cumpliendo condenas por trescientos dos días, más seis años con un día de abono. En tal sentido, especifica que el inicio de la condena se verificó el día veintisiete de octubre del año dos mil diecisiete y el término de la condena conforme a la Ley N°19.856, se cumplirá el día veinticuatro de diciembre del año dos mil veintitrés. Explica que con fecha veintidós de agosto del año en curso, en causa Rit N° 18617-2017, seguida ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, se le reconocieron trescientos cuarenta y siete días de abono, por lo que el término de su condena conforme con la Ley N°19.856, quedó fijado para el día doce de enero del año dos mil veintitrés. En razón de lo anterior, sostiene que mediante Ord. N°6871, de fecha veinticuatro de agosto del presente año, se solicitó al Secretario Regional Ministerial de Justicia la elaboración del Decreto y que presentó los antecedentes a la Comisión de Rebaja de Condena para su pronunciamiento, sin que h
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se decide que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Alexander Vásquez Ibarra, Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-2063-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ana María Vásquez Ibarra, quien interpone acción de amparo en favor de don Miguel Alexander Vásquez Ibarra, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de Gendarmería de Chile por no haber efectuado los abonos respectivos
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