SIN INFORMACION

RECURSO DE PROTECCION EN FAVOR DE DOÑA MONICA CIFUENTES VELASQUEZ.

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Al escrito folio 1: Teniendo presente: Que, queda en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con la eventual comisión de un ilícito, y existiendo para dicho objeto múltiples mecanismos entregados por la legislación común, no resulta ser el ejercicio de la acción constitucional de protección la vía idónea para obtener dicho resultado. En efecto, la acción de tutela constitucional consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando se advierta una vulneración o amenaza de una garantía constitucional de aquellas que previene la mencionada norma, circunstancia que no se advierte al tenor del recurso de marras y que, como se dijo, sus pretensiones pueden ser obtenidas por otras vías legales. Que, a mayor abundamiento, la recurrente ni siquiera individualiza a los recurrentes y la persona contra la cual se recurre, lo que también impide que su acción pueda admitirse a tramitación Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por doña Mónica Domínguez Velásquez. Sin perjuicio de lo cual, advirtiendo la eventual comisión de un ilícito, se ordena la remisión de estos antecedentes al Ministerio Público, para los fines pertinentes. Ofíciese. Al escrito folio 3: Estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol N° Protección-12895-2023 (pvb).

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por doña Mónica Domínguez Velásquez. Sin perjuicio de lo cual, advirtiendo la eventual comisión de un ilícito, se ordena la remisión de estos antecedentes al Ministerio Público, para los fines pertinentes. Ofíciese. Al escrito folio 3: Estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol N° Protección-12895-2023 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Al escrito folio 1: Teniendo presente: Que, queda en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con la eventual comisión de un ilícito, y existiendo para dicho objeto múltiples mecanismos entregados por la legislación común, no r

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