JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FISCALIA ARICA C/ JEREMY ANTONIO FUENTES RETAMAL

Rol

Fecha

2 de septiembre de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA V/C JEDA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende que, por el momento y sin perjuicio de lo que se pueda determinar en otras etapas del procedimiento, concurren en el presenta caso todos y cada uno de los requisitos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal. En cuanto a la letra a), aquella no fue derechamente cuestionada en la audiencia y respecto a la letra b), que sí fue objeto de reproche por la defensa, se estima que, por ahora, con los antecedentes aportados en esta misma audiencia, en cuanto al reconocimiento que ambas supuestas víctimas, habrían hecho del imputado en cuestión, según lo referido por el representante del Ministerio Público, lo cual permitió asimismo, haber obtenido éxito con el resto de las diligencias para individualizar al resto de los imputados, por el momento es suficiente para tener acreditada la letra b) del artículo en comento. En relación a la letra c), se estima que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento como asimismo haber actuado en grupo o pandilla, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintiséis de agosto de dos mil veintitrés, pronunciada en la causa RIT 5637-2023, RUC N° 2300103202-K, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Jeremy Antonio Fuentes Retamal. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Delgado Ahumada, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, quien estima que por el momento, no concurren todos y cada uno de los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, específicamente al referido a la letra b), toda vez que en su concepto la existencia del antecedente acompañado en esta instancia, en cuanto a la reserva de pasajes que acreditarían que el imputado no se encontraba presente en la Región al momento de o

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Corte de Apelaciones de Arica En Arica, a dos de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Sala Rol: 620-2023 Penal Ruc: 2300103202-K RIT: 5637-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señor José Delgado Ahumada y señora Juana Ríos Meza Relator (a): Vanessa Quinteros Muñoz Digitador (a): Gerard Barreda Díaz Fiscal/Abogado ase

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