M.P C/ FERNANDO ANDRES PARRA LOBOS, TAMARA ESTEFANI ALVARADO RUIZ Y MACARENA ANDREA CARRASCO BUSTAMANTE
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el cual fue formalizada la investigación, y se estima que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, forma de comisión, pena probable y modalidad de cumplimiento, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticinco de agosto del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de los imputados Fernando Andrés Parra Lobos, Tamara Estefani Alvarado Ruiz y Macarena Andrea Carrasco Bustamante. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2654-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a dos de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Tercera Sala Rol: 2654-2023 Penal Ruc: 2300919785-0 RIT: 7281-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministras señora Sylvia Pizarro Barahona, señora María Catalina González Torres y señora Celia Catalán Romero. Relator: Andrea Durán Bruce Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Dominique Tapia Defensa:
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