C/ ORLANDO ANTONIO VARELA GUILLEN
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-4543-2023 Ruc: 2300941817-2 Rit : 1-10414-2023 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra señora Inelie Durán Madina, Ministro suplente señor Fernando Guzmán Fuenzalida y abogado integrante señora María Fernanda Vásquez Palma Relatora: Grace Díaz Digitadora (S): Cristina Gallardo Moreno Fiscal: Rodrigo Barrera San Martín Defensor penal público: Claudia Poblete Frez N° registro de Audiencia: Penal 4543-2023 Imputado: Orlando Antonio Varela Guillen Motivo: apelación modificación medida cautelar Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Proveyendo los escritos folios 4 y 5: a todo, téngase presente. Visto, y oídos los intervinientes: Primero: Que, en la especie, de acuerdo con los antecedentes vertidos, se encuentran satisfechos, en este estadio procesal, los requisitos exigidos en las letras a) y b) del 140 del Código Procesal Penal, respecto de los ilícitos por los cuales se ha sido formalizado la investigación al imputado, toda vez que fue sorprendido en situación de flagrancia manteniendo droga en su poder, y no habiendo la defensa, proporcionado elemento alguno, que corroborara su teoría alternativa. Segundo: Que respecto de la necesidad de cautela,
Fundamentos
considerando la forma, naturaleza y circunstancias de comisión de los ilícitos, en particular la cantidad y naturaleza de la droga incautada –casi dos kilos de Clorhidrato y pasta base de Cocaína-, afectando considerablemente el bien jurídico protegido de la salud pública; y teniendo presente adicionalmente el hecho que Varela Guillen ocultó su identidad y se resistió a colaborar con la investigación oponiéndose al registro de vestimentas y del vehículo, se ha justificado decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva, estimándose que su libertad constituye un peligro para la sociedad, además de la existencia del riesgo de fuga. Por estos fundamentos, se revoca, la resolución de treinta de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que dispuso la sustitución de la prisión preventiva por una caución suficiente de $1.000.000 con arreglo al artículo 146 del Código Procesal Penal; y
Fallo
se declara en cambio, que el imputado Orlando Antonio Varela Guillén, queda sujeto a la medida cautelar personal de prisión preventiva por la causal de peligro para la seguridad de la sociedad y peligro de fuga. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte Penal N° 4543-2023 Pronunciada por la Sexta Sala, integrada por el Ministro señor Inelie Durán Madina, el Ministro (S) señor Fernando Guzman Fuenzalida y el Abogado Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-4543-2023 Ruc: 2300941817-2 Rit : 1-10414-2023 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra señora Inelie Durán Madina, Ministro suplente señor Fernando Guzmán Fuenzalida y abogado integrante señora María Fernanda Vásquez Palma Relatora: Grace Díaz Digitadora (S): Cri
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