VIVANCO/SAUL
Rol
C-2743-2022
Fecha
20 de julio de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que el incidente de nulidad deducido por la ejecutada se funda en que con fecha 13 de Abril de 2022, se dedujo demanda laboral en procedimiento monitorio RIT. Señala que, constaría en el expediente laboral que el funcionario del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, habría entregado copia de la resolución de fecha 19 de Abril de 2022 y de la demanda de autos, conforme al acta de notificación de fecha 26 de Abril de 2022, en la que se consignó el nombre de don Marcelo Fuentes, como receptor de los documentos y recepcionista del estadio, persona desconocida por su parte y que no formaría parte de la empresa demandada ni existe vínculo laboral o de cualquier tipo entre ellas. Por lo que hace presente que sus representados nunca habrían tomado conocimiento de la resolución que los citaba a audiencia única decretada por el 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, y que no existiría constancia en esos autos de que la resolución que cita a las partes a comparecer al tribunal haya sido notificada a las demandadas por carta certificada, tal como prescribe el artículo 440 del Código del Trabajo, en sentido de que la comparecencia de las partes al tribunal debe ser notificada a la demandada mediante carta certificada, en el mismo sentido, resolución de fecha 9 de mayo de 2022: Finaliza solicitando tener por deducida la acción de nulidad de todo lo obrado por la falta de emplazamiento, en los términos indicados y dando lugar a ella, retrotraer el estado procesal de autos como en Derecho corresponda 2.- Que los hechos descritos que sostienen el incidente planteado, han acaecido con anterioridad a la fecha de dictación de sentencia de fecha 25 de Mayo de 2022, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que sirve de base para la presente ejecución, y,
Fundamentos
considerando que este Juzgado es un Tribunal de ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 421 del Código del Trabajo, el que no cuenta con facultades para pronunciarse sobre materias o hechos ocurridos a la época de tramitación de la causa ante otro tribunal, ocúrrase ante quién corresponda. RIT: C-2743-2022 RUC: 22-4-0396057-1 Proveyó doña Cecilia Paz Agüero Calvo, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago veinte de Julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario a resolución precedente. gzr Código: XJFEXXTEBBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XJFEXXTEBBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-20T11:17:47-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de julio de dos mil veintidós. Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 11 de Julio de 2022 por la parte ejecutante. Resolviendo lo pendiente de presentación de fecha 08 de Julio de 2022 como sigue: A lo principal; VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que el incidente de nulidad deducido por la ejecutada se funda en que con fecha 13 de Abril de 2022, se dedujo demanda labo
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