SIN INFORMACION

AÑAZCO/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

31 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Alfredo Añazco González y deduce recurso de protección en contra de Banco de Chile, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el rechazo del requerimiento de restitución de fondos o cancelación de cargos, por concepto de robo y fraude realizado, alegando como conculcadas las garantías constitucionales del artículo 19 números 1°, 2°, 3° inciso quinto, 4° y 24º de la Constitución Política de la República. Para fundar su recurso expone que desde el año 2009 posee contrato de cuenta corriente bancaria con el recurrido, el que dio origen, además a la Tarjeta de Crédito VISA Signature, N° 4349565000866990. Refiere que realizó denuncia ante el Ministerio Público ya que el día 18 de marzo de 2023 fueron realizadas 8 transacciones desde la mencionada tarjeta de crédito, por un monto de total de $3.014.000.-, realizadas entre las 3:44 y las 4:56 de la madrugada aproximadamente. Indica que, junto a lo anterior, se realizó un retiro desde la cuenta corriente por la suma de $200.000.- pesos, con la tarjeta de débito. Y se realizaron dos transacciones, una por $ 19.999.- en la bencinera Shell de la comuna de Estación Central, y otra por $ 50.540.-, en Híper Líder Alameda, según registros del banco. En cuanto a los hechos que dan origen a la denuncia, sostiene que sus tarjetas le fueron robadas sin darse cuenta de aquello, ya que se encontraba con amigos en un bar en la comuna de Santiago Centro, ubicado en calle Matías Cousiño N° 117. Menciona que se percató de los ilícitos a través de un llamado telefónico de la Unidad de Fraudes del Banco de Chile, a eso de las 8:00 am del día 18 de marzo del presente año, y sin bloquearse de manera automática las tarjetas. A través de esta llamada, se lograron bloquear y desactivar manualmente las tarjetas, con la ayuda de un funcionario bancario, y se inició el Requerimiento N° 1-28667657408/ 1-28667657522/JRA/D, de la misma fecha para dar la orden de no pago de las o

Fallo

Por tanto, el recurrente asumió la obligación de custodiar y de no divulgar las claves que le permiten efectuar transacciones, cuestión que incumplió ya que, la única forma en que esta clave pueda ser utilizada es que el propio cliente las digite o que se las entregue o dé a conocer a un tercero, acción en la cual el Banco no tiene ninguna incidencia, porque desconoce y no tiene forma de conocer esas claves. Añade que todas las transacciones reclamadas por el recurrente fueron efectuadas de forma presencial, en el lugar de los hechos, y no de forma electrónica, porque él, se encontraba bebiendo y aunque haya alegado que no recuerda episodios de esa noche, por haber sido supuestamente drogado, sí estaba presente en el aludido Night Club e incluso, menciona un relato confuso en cuanto a declarar que “no sabe cómo llega a su domicilio” y luego le menciona al área de fraudes del Banco “que llegó cerca de las 2 am a su casa, […] dice que se fue en taxi con amigo que llegó a esa hora a domicilio”. Luego, sostiene que se evidencia que la tarjeta no fue intervenida por terceros, siendo auténtica y no clonada, toda vez que cada transacción tuvo la validación ARQC (Authorization Request Cryptogram), que se trata de una firma digital con los detalles de cada transacción asociada a cada tarjeta (criptografía enviada en las transacciones), lo que permite verificar de forma cifrada que la tarjeta es auténtica, quedando de esta forma descartado que ha sido intervenida por terceros. Ademá

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. A los folios 20, 21 y 22: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Alfredo Añazco González y deduce recurso de protección en contra de Banco de Chile, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el rechazo del requerimiento de restitución de fondos o cancelación de carg

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