ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente que la demandante ha ejercido el derecho a que se refiere el artículo 19 inciso final de la ley 19.968, que faculta al alimentario mayor de edad para pedir alimentos personalmente, sin perjuicio, que en caso de no hacerlo así, se entienda legitimado del padre o madre con quien viva, se revoca la resolución apelada de fecha veintiocho de abril de dos mil veintitrés, que acogiendo una incidencia de falta de legitimación activa, ordenó el archivo de los antecedentes y en su lugar se decide que dicho artículo queda rechazado, debiendo continuarse con la tramitación, como en derecho...
Fallo
se decide que dicho artículo queda rechazado, debiendo continuarse con la tramitación, como en derecho...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán ACT/Cpr.- Chillán, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. Visto y teniendo únicamente presente que la demandante ha ejercido el derecho a que se refiere el artículo 19 inciso final de la ley 19.968, que faculta al alimentario mayor de edad para pedir alimentos personalmente, sin perjuicio, que en caso de no hacerlo así, se entienda legitimado del padre o madre con quien viv
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