GONZÁLEZ/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Cristian Emilio González Vega, Subcomisario Oficial Policial Profesional grado 9°, de dotación de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Antofagasta, e interpone acción de protección en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por incurrir en un acto u omisión arbitraria o ilegal que privó, perturbó y amenazó sus garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 N°s 2 y 3 de la Constitución Política de la República, en relación al proceso clasificatorio año 2022, el cual tuvo como resultado su retiro, a contar del día 26 de enero de 2023. Explica que el 03 de enero de 2023, fue notificado de su retiro absoluto de la institución, produciéndose los efectos a partir del día 26 de enero de 2023, en circunstancias que, a esa fecha, se encontraba pendiente un recurso de reposición, el cual fue rechazado en definitiva, el 26 de enero de 2023. Este recurso se había interpuesto en contra de la resolución que rechazó la reconsideración deducida en contra de la Calificación y Clasificación N° 602, de 30 de septiembre 2022, que le fuera notificada el 7 de octubre del mismo año. Agrega que el 11 de octubre de 2022, presentó recurso de apelación en contra de su calificación y clasificación con nota 6,23 y Lista 3 Regular, por parte de la Junta Calificadora de Oficiales y Jefes, el cual fue rechazado por la Junta de Apelaciones. Expone que el 18 de enero de 2023, tomó conocimiento que había sido discriminado arbitrariamente, ya que, en el procedimiento de calificación y clasificación del año 2022, fue calificado con nota 6.3 y clasificado en Lista 3, Regular y, en consecuencia, fue incluido en la Lista Anual de Retiros año 2022. Lo anterior, que es un procedimiento habitual por parte de la Policía de Investigaciones, el cual se desarrolla cada año, resultó ser ilegal y arbitrario, ya que, ante una consulta efectuada por transparencia, Policía de Investigaciones de Chile, respondió que 19 func
Fundamentos
motivos o causales objetivas que la justifican y en una proporción racional, cosa que no ocurre en su caso porque se da una privación, perturbación y amenaza a las garantías fundamentales del artículo 19 Nºs 2 y 3 de la Constitucióń Política de la República, en relación al proceso clasificatorio año 2022, esto es, que en dicho proceso fueron vulneradas las garantías fundamentales del recurrente de igualdad ante la ley y de igualdad ante la justicia e igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. Concluye pidiendo que se deje sin efecto su retiro dispuesto a contar del 26 de enero de 2023; que se le reintegre en su calidad de funcionario a la Institución recurrida; que se decreten todas as medidas que esta Corte estime pertinentes para restablecer el imperio del derecho y garantizar los derechos alegados en el recurso; y, que se condene en costas a la recurrida. SEGUNDO: Que, evacúa informe el Director General de la Policía de Investigaciones de Chile señalando, en primer término, que la acción de protección es improcedente, atendida su naturaleza cautelar, ajena a una nueva instancia administrativa, que es lo que se pretende en el presente caso, al solicitarse se deje sin efecto el retiro del recurrente. Es ésta una acción reservada para restablecer el imperio del Derecho ante actos u omisiones arbitrarios o ilegales urgentes, como un mecanismo de emergencia rápido y eficaz frente a manifiestas violaciones o atropellos flagrantes de ciertos derechos fundamentales, lo que no es el caso del presente libelo, según se desprende de sus propios fundamentos y peticiones. Relata a continuación la recurrida los antecedentes de la calificación de don Cristian González Vega, quien pertenece a la dotación de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Antofagasta, indicado que se refiere al período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022, en que fue calificado por su jefe directo con nota 6.24. Conforme al procedimiento pertinente, la Junta Calificadora de Oficiales Superiores y Jefes, luego de conocer, estudiar y evaluar el informe de Calificación y Hoja de Vida Anual del recurrente, concuerda con la calificación realizada por su jefe, y ponderando todos los antecedentes positivos y negativos registrados en el periodo, por unanimidad de sus integrantes, resolvió clasificarlo en Lista 3, Regular, con nota 6,23, considerando la medida disciplinaria de tres días de permanencia en el cuartel, aplicada por Resolución Exenta Nº 674-2019/155-2021 de 12 de octubre de 2021, de la Subdirección de Inteligencia, Crimen Organizado y Seguridad Migratoria, derivada de la responsabilidad administrativa que le atañe por las siguiente irregularidades: · No dar cumplimiento a la Circular Nº 01, de 29 de enero de 2019, de la Inspectoría General, relacionada con la obligación de registrar con la cámara institucional diversas diligencias practicadas en un procedimiento de entrada y registro, ni consignar o solicitar que se
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección interpuesta por don Cristian Emilio González Vega en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del abogado Euclides Ortega Duclercq. N°Protección-1227-2023. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez e integrada por el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y por el Abogado Integrante señor Euclides Ortega Duclercq. No firma el Abogado Integrante señor Ortega por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Cristian Emilio González Vega, Subcomisario Oficial Policial Profesional grado 9°, de dotación de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Antofagasta, e interpone acción de protección en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por incurrir en
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