ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha seis de julio del año en curso, y compartiendo los argumentos vertidos por el juez a quo, en cuanto a la duración de la vida en común acreditada en autos, que ambos cónyuges ejercieron labores remuneradas luego del término de la convivencia matrimonial por lo que no se advierte la existencia de un menoscabo económico a la demandante, producto de aquello, razón por la cual no se cumple con los presupuestos para la procedencia de la compensación económica solicitada y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, SE LA CONFIRMA. Regístrese y...
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha seis de julio del año en curso, y compartiendo los argumentos vertidos por el juez a quo, en cuanto a la duración de la vida en común acreditada en autos, que ambos cónyuges ejercieron labores remuneradas luego del término de la convivencia matrimonial por lo que no se advierte la exis
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