ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de agosto de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos Con la cuenta dada por el relator, teniendo presente que la resolución en alzada, de fecha cuatro de julio de dos mil veintitrés, no tiene la naturaleza de sentencia definitiva por cuanto aquella no pone término a la instancia emitiendo un pronunciamiento sobre el fondo del asunto de acuerdo a lo señalado en el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, siendo apelable, por tanto, dentro de quinto día en virtud de lo indicado en el inciso primero del artículo 189 del citado código, y advirtiéndose que el recurso deducido por la parte demandante se interpuso con fecha quince de julio de dos mil veintitrés, esto es, dentro de décimo día y por fuera de los plazos...
Fallo
por tanto, dentro de quinto día en virtud de lo indicado en el inciso primero del artículo 189 del citado código, y advirtiéndose que el recurso deducido por la parte demandante se interpuso con fecha quince de julio de dos mil veintitrés, esto es, dentro de décimo día y por fuera de los plazos...
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Puerto Montt, treinta de agosto de dos mil veintitrés Vistos Con la cuenta dada por el relator, teniendo presente que la resolución en alzada, de fecha cuatro de julio de dos mil veintitrés, no tiene la naturaleza de sentencia definitiva por cuanto aquella no pone término a la instancia emitiendo un pronunciamiento sobre el fondo del asunto de acuerdo a lo señalado en el artículo 158 del Código de
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