BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, CHILE/VENEGAS
Rol
Fecha
30 de agosto de 2023
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme se desprende del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, para los efectos de la procedencia del abandono del procedimiento se requiere la existencia de un juicio, cuestión que no ha ocurrido en la especie, pues a la fecha de promover la incidencia, las partes no se encontraban notificadas, del juicio propiamente tal, toda vez que la gestión previa, tal como su nombre lo indica, es sólo una gestión preparatoria, necesaria para iniciar el juicio ejecutivo, se revoca la resolución de veintisiete de agosto del año dos mil veintiuno, dictada por el 10° Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento. Devuélvase. N° 9013-2021 Civil.
Fallo
se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento. Devuélvase. N° 9013-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que conforme se desprende del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, para los efectos de la procedencia del abandono del procedimiento se requiere la existencia de un juicio, cuestión que no ha ocurrido en la especie, pues a la fecha de promover la incidencia, las partes no se encontraban notificadas, del juici
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