SIN INFORMACION

PEREZ INOSTROZA JOSE LUIS / AGUAS ANTOFAGASTA - CGE S.A

Rol

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Que atendido lo que previene el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. 2º) Que aparece de estos antecedentes que el acto en contra del cual se recurre de protección habría tenido origen en la ciudad de Antofagasta, que corresponde a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo que señalado N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declarase incompetente esta Corte de Apelaciones de Santiago, para el conocimiento del recurso intentado en lo principal de fojas 1. Remítanse los antecedentes a la Iltma Corte de Apelaciones de Antofagasta para su conocimiento y fallo; y téngase por trabada contienda de competencia en caso de no aceptar la que se declina. Sirva la presente resolución de atento oficio remisor. N°Protección-14285-2023.(vdcd)

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. 2º) Que aparece de estos antecedentes que el acto en contra del cual se recurre de protección habría tenido origen en la ciudad de Antofagasta, que corresponde a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo que señalado N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declarase incompetente esta Corte de Apelaciones de Santiago, para el conocimiento del recurso intentado en lo principal de fojas 1. Remítanse los antecedentes a la Iltma Corte de Apelaciones de Antofagasta para su conocimiento y fallo; y téngase por trabada contienda de competencia en caso de no aceptar la que se declina. Sirva la presente resolución de atento oficio remisor. N°Protección-14285-2023.(vdcd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago mbv Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1º) Que atendido lo que previene el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la

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