ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar. Acordada con el voto en contra de la Abogada Integrante Sra. Marcela Fernández Saldías, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada, atendido lo dispuesto en el artículo 54-1, inciso 3°, en relación con el artículo 8° N°16, ambos de la Ley N°19.968, y considerando, además, que no...
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar. Acordada c
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica