ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Casablanca. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Familia-291-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Casablanca. Notifíquese,
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