SIN INFORMACION

MORRIS CON TESORERIA REGIONAL DE LA REPUBLICA

Rol

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que, con fecha 3 de julio de 2023, comparece don Iván Rodrigo González Navarrete, abogado, en representación de Teresa del Pilar Calleja Arriagada, en relación con los autos administrativos sobre juicio de cobro de impuestos, Rol 1003-1997, de la Tesorería Regional de O'Higgins, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 2 de junio de 2023, de la que tomó conocimiento con fecha 27 de junio de 2023, que negó lugar a conceder el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución que, a su vez, no dio lugar al incidente de abandono de procedimiento promovido por su parte. Arguye que el Tesorero Regional ejerce una actividad jurisdiccional, por lo que resultan aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil de forma supletoria y añade que siendo la resolución atacada mediante apelación, aquella que rechazó el incidente de abandono del procedimiento, resulta apelable por simple aplicación del Código de Procedimiento Civil y el Código Tributario respectivamente y por lo dispuesto en el artículo 19 Nº3 de la Constitución Política de la República. En definitiva, solicita tener por interpuesto recurso de hecho y resolver dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por su parte con fecha 17 de marzo de 2023. Segundo: Que, con fecha 18 de julio de 2023, informa don Francisco Moreno Ávila, Director Regional Tesorero, Juez Sustanciador y Tesorero Regional (s) de la Tesorería Regional del Libertador Bernardo O’Higgins, sosteniendo que debe ser rechazado el recurso de hecho de estos autos. En primer término, si bien en el informe sostuvo que el recurso de hecho resulta extemporáneo, luego en escrito posterior se desistió de esa alegación, por lo que no será materia de análisis. En cuanto al fondo, arguye que, en el caso de autos, al no haber norma expresa que determine su procedencia, cabe concluir que el recurso de apelación no procede contra las resoluciones del Tesorero Regional actuando en su ca

Fundamentos

considerando además que el Tesorero Provincial tiene la calidad de Juez sustanciador en esta etapa administrativa del juicio de cobro de obligaciones tributarias. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho deducido por don Iván Rodrigo González Navarrete y, en consecuencia,

Fallo

se declara que el recurso de apelación deducido por el contribuyente, en contra de la resolución pronunciada con fecha veintiocho de febrero de dos mil veintitrés, dictada en el expediente administrativo Rol 1003-1997 de la Tesorería Regional Rancagua, resulta admisible y se concede en el solo efecto devolutivo. Agréguese copia de la presente resolución en el expediente administrativo en que incide este recurso de hecho. Atendido que el expediente administrativo se remitió digitalmente, reténgase el mismo para el conocimiento del recurso de apelación deducido, debiendo la unidad de causas generar el ingreso respectivo. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte 918-2023- Hecho Civil. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que, con fecha 3 de julio de 2023, comparece don Iván Rodrigo González Navarrete, abogado, en representación de Teresa del Pilar Calleja Arriagada, en relación con los autos administrativos sobre juicio de cobro de impuestos, Rol 1003-1997, de la Tesorería Regional de O'Higgins, quien interpone recurso de hec

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