1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/GALLEGOS

Rol

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, compartiendo la argumentación de la juez a quo,

Fundamentos

considerando que desde la última gestión útil del proceso han transcurrido más de seis meses y en especial teniendo presente lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, confirma la resolución de fecha trece de octubre de dos mil veintidós pronunciada por doña Lorena Lemunao Aguilar, Jueza Titular del Juzgado de Letras Puerto Varas, que apercibió a la demandante a fijar un domicilio conocido en el territorio jurisdiccional y un correo electrónico como medio de notificación, y que esta fuese notificada por cédula. Redacción a cargo del Sr. Ministro Titular don Jorge Pizarro Astudillo. Devuélvase por interconexión. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo por encontrarse en comisión de servicio. Rol Civil 1281-2022

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Puerto Montt, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: El mérito de los antecedentes, compartiendo la argumentación de la juez a quo, considerando que desde la última gestión útil del proceso han transcurrido más de seis meses y en especial teniendo presente lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, confirma la resolución de fecha trece de octubre de dos mil ve

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