JARA CON PONCE
Rol
C-313-2013
Fecha
15 de julio de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece don Emilio Sironvalle Álvarez, solicitando sea autorizada su comparecencia como tercero coadyuvante de la empresa liquidada, fundando su interés “en razón de ser socio y gerente general de la empresa Notro SpA. que representanta (sic) legalmente a la demandada, y ha sido objeto de medidas de apremio en distintos procesos relacionados con la empresa en liquidación”. Acompaña documental para sustentar su petición; 2°.- Que, conferido traslado, éste no fue evacuado; 3°.- Que, se ha definido al tercero coadyuvante como “aquel que tiene un interés jurídico propio en un conflicto ajeno; pero en condiciones tales que la defensa de un interés propio le conduce al litigio a defender el interés ajeno” (Estudios de Derecho Procesal Civil, volumen 3, “El Juez, las partes y el proceso”, Eduardo J. Couture, Puntolex, Thomson Reuters, año 2010, página 170); 4°.- Que, baste para rechazar la incidencia promovida el que empresa Notro SpA no forma parte del presente juicio; y, además el incidentista no ha expresado de manera alguna – en los
Fundamentos
fundamentos de su presentación, que se transcriben en el punto 1 de ésta resolución- el derecho que, como interés actual, le autoriza a ser considerado tercero coadyuvante en estos autos; Y visto lo dispuesto en el artículo 23 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve: No ha lugar a tener al interviniente como tercero coadyuvante. Resolviendo lo pendiente de la presentación: Al primer otrosí: No ha lugar, estese a lo resuelto Al segundo otrosí: Ténganse por acompañados. RIT: C-313-2013 RUC: 13-4-0007260-9 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a quince de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: KJXXXXDLJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: KJXXXXDLJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl Código: KJXXXXDLJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad
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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, quince de julio de dos mil veintidós. Por evacuado el traslado de 1 de julio de 2022, en rebeldía de las partes. Resolviendo derechamente la solicitud de lo principal de la presentación de 29 de junio de 2022 : Visto: 1°.- Que, comparece don Emilio Sironvalle Álvarez, solicitando sea autorizada su comparecen
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