ANONIMIZADO
Rol
32287-2022
Fecha
11 de agosto de 2022
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que rechazó la objeción a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas, opuesta durante la etapa de cumplimiento. Segundo: Que con arreglo al artículo 767 de la recopilación procedimental, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra fallos definitivos inapelables e interlocutorios inapelables cuando ponen término al litigio o tornan imposible su prosecución, pronunciados...
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que rechazó la objeción a la liquidación de pensiones ali
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