JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de agosto de 2023

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

DIRIMIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes y

Fundamentos

considerando que no existe certeza del domicilio actual de la madre y su hija, manténgase el conocimiento en el Juzgado de Familia de Puente Alto y lo dispuesto en los artículos 190 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 81 de la Ley N° 19.968,

Fallo

se declara competente para seguir conociendo de este asunto el Juzgado de Familia de Puente Alto. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Peñaflor. Devuélvase. N° 478-2023-Familia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando que no existe certeza del domicilio actual de la madre y su hija, manténgase el conocimiento en el Juzgado de Familia de Puente Alto y lo dispuesto en los artículos 190 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 81 de la Ley N° 19.968, se de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica