M.P. C/ GONZALO ALBERTO PEREZ SALINAS
Rol
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 4: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al escrito folio N° 5: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al escrito folio N° 6: Téngase presente. VISTOS, OIDO Y DELIBERADO: Con el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de sus integrantes,
Fundamentos
considerando que los abogados en estrados no han controvertido los presupuestos materiales contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se tienen por justificados dichos requisitos, esto es, la existencia del delito por el cual se ha formalizado investigación en contra del imputado –lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar- y la participación punible que se les atribuyó por parte del ente persecutor. En cuanto a la necesidad de cautela contemplada en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, concurren diversos parámetros objetivos de los contemplados por el legislador, entre ellos; el carácter, naturaleza y gravedad del delito investigado, y el bien jurídico protegido. Por otro lado, considerando la pauta de riesgo aplicada a la víctima y teniendo especialmente presente la obligación internacional que asumió el Estado de Chile al suscribir y ratificar diversos tratados internacionales que versan sobre la especial protección que se debe otorgar a las víctimas de violencia de género, entre ellos, la Convención Interamericana sobre la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres Belem do Pará, SE CONFIRMA la resolución de fecha diecinueve de agosto del año dos mil veintitrés dictada por el Juez Alfredo Cox Castro del Juzgado de Garantía de Temuco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Gonzalo Alberto Pérez Salinas, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-1044-2023.(jog)
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C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 4: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al escrito folio N° 5: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al escrito folio N° 6: Téngase presente. VISTOS, OIDO Y DELIBERADO: Con el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad
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