SIN INFORMACION

JUAN DANIEL PARRAGUEZ GONZALEZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la defensora penal público penitenciaria Claudia Invernizzi Alvarado, quien deduce recurso de amparo en favor de Juan Daniel Parraguez González, actualmente interno en el CDP de Puente Alto, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional a su representado. Explica que la persona en cuyo favor recurre se encuentra cumpliendo una pena de 3 años y 1 día como autor del delito de lesiones graves y una pena de 61 de privación de libertad por el delito de lesiones menos graves, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, registrando como fecha de inicio de condena el 3 de abril de 2021, estimándose como fecha de término el 4 de junio de 2024, cumpliendo el tiempo mínimo para postular al beneficio el 4 de noviembre de 2022. Indica que la conducta del interno ha sido calificada los últimos cuatro bimestres como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal e infundadamente. Refiere que la Comisión realiza una errónea interpretación, ya que el informe de Gendarmería da cuenta de que el recurrente ha tenido avances en su proceso de reinserción social, precisando que se encuentra adherido al Programa de Personas Privadas de Libertad desde noviembre de 2021 y posee un nivel de riesgo de reincidencia medio. Afirma que ha sido intervenido en las siguientes áreas: educación, pares, uso de tiempo libre, aptitud/orientación procriminal y patrón antisocial, se advierte conciencia de delito, reconociendo la trasgresión de la norma, focalizándose en su privación de libertad como principal consecuencia y reconoce las repercusiones de su conducta, centrándose en la sanción social. Además, sostiene que ha sido objeto de intervención psicosocial grupal en violencia contra la pareja; aprobó el Taller de masculinidad y violencia de género, derivado de su plan de intervención individual; donde se aprecia que

Fundamentos

considerando octavo del

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Juan Daniel Parraguez González en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Se previene que la Ministra Liliana Mera Muñoz, concurre a la decisión teniendo únicamente presente lo indicado en el considerando octavo del fallo que antecede. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°624-2023-Amparo.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, por el recurso de amparo la postulante doña Sofía Cárcamo. San Miguel, 28 de agosto de 2023. Florencia Sáez Bugmann, relatora. San Miguel, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la defensora penal público penitenciaria Claudia Invernizzi Alvarado, qu

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