SIN INFORMACION

FIGUEROA / JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

26 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En folio 1, doña Marcia Vega Moreno, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce recurso de amparo en favor de Jonás Aurelio Figueroa Vilches, contra el Juzgado de Garantía de Viña del Mar que en causa RIT 10245-2015, mediante resolución de 22 de agosto de 2023 rechazó la solicitud de abonar a la pena que se encuentra cumpliendo el tiempo que estuvo privado de libertad en causa diversa. Expone, en síntesis, que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, en causa RIT 125-2011, con fecha 26 de agosto 2011, dictó sentencia absolutoria. En aquella causa, Gendarmería de Chile, informó que el amparado estuvo 74 días sujeto a la medida de prisión preventiva. Argumenta la procedencia del abono heterogéneo solicitado y pude que se deje sin efecto la resolución de fecha 22 de agosto del año en curso, decretando se acoja la solicitud de abono heterogéneo, significando un periodo de tiempo de 74 días, a la causa RIT 10245-2015; RUC 1500797588-8, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que actualmente sirve. En folio 4, se informa por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, adjuntando la resolución mediante la cual se rechazó la solicitud, la que en síntesis, se funda en que atendida la ocurrencia de los hechos, no era posible que ambas causas hubiesen sido tramitadas conjuntamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales y que además es en la sentencia definitiva donde se debe consignar si se reconocen abonos, no pudiendo referirse a antecedentes que no sean motivo del juicio y que tampoco existe una norma expresa que lo autorice. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, la solicitud deducida por la defensa del amparado no se encuentra regulada expresamente en la legislación penal, habiéndose invocado el artículo 348 del Código Procesal Penal, el que no resulta aplicable en la especie y para estos fines, por cuanto el abono que se trata de considerar por la defens

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Jonás Aurelio Figueroa Vilches, contra el Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Decisión acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Caballero, quien fue del parecer de acoger la acción constitucional de autos, al estimar que los 74 días de privación de libertad del sentenciado, en cumplimiento de una prisión preventiva decretada en un proceso que concluyó con una decisión absolutoria a su respecto, deben ser abonados al cumplimiento de la pena que actualmente cumple; toda vez que si bien los artículos 26 del Código Penal y 348 del Código Procesal Penal y 164 del Código Orgánico de Tribunales no resuelven expresamente el problema planteado, tampoco prohíben acceder al abono solicitado, el cual se fundamenta en razones de justicia y equidad compensatoria. Comuníquese por la vía más expedita, a través de Secretaría. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1556-2023.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, doña Marcia Vega Moreno, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce recurso de amparo en favor de Jonás Aurelio Figueroa Vilches, contra el Juzgado de Garantía de Viña del Mar que en causa RIT 10245-2015, mediante resolución de 22 de agosto de 2023 rechazó la solicitud de abonar a la pena q

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica