ROJAS / JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE PETORCA
Rol
Fecha
26 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, comparece el abogado Claudio Nettle, defensor penal público, en representación de la requerida doña Belén Rojas Cheuquepan, en causa RIT 213-2022 del Juzgado de Garantía de Petorca, en contra de la resolución dictada con fecha 10 de agosto del 2023, por el juez del citado juzgado, don César Luis Aliaga Gómez, quien declaró la nulidad de todo lo obrado, concediendo al ministerio público un plazo extraordinario para presentar el requerimiento de medidas de seguridad en contra de la encartada. Expone el recurrente que contra la amparada se siguen 3 causas: 1) RIT 121-2022, en la cual se formalizó la investigación el día 08 de junio de 2022 por un supuesto delito de desacato, ocurrido el día 07 de junio de 2022, decretándose la prohibición de acercamiento a la víctima; 2) RIT 122-2022, en la que se formalizó la investigación el día 09 de junio de 2022 por un segundo hecho, que reviste los caracteres del delito de desacato ocurrido el día 08 de junio de 2022, en la cual se decretó la prisión preventiva de la amparada por peligro para la seguridad de la víctima. La causa 121 fue acumulada a la 122 el día 08 de julio de 2022 y el día 21 del mismo mes y año se decretó la suspensión del procedimiento por posible enajenación mental y se mantuvo la prisión preventiva, la que fue dejada sin efecto el día 25 de julio de 2022. 3) RIT 213-2022: con fecha 30 de octubre del 2022 la amparada fue requerida por un delito de amenazas y otro de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. En esta causa el día 05 de enero de 2023 se acogió el recurso de amparo 2501-2022 y se dispuso la suspensión del procedimiento de conformidad al art. 458 del CPP y se dejó sin efecto la prisión preventiva, sustituyéndola por la cautelar reglada en el artículo 464 del Código Procesal Penal la que se encuentra vigente. En cuanto al fundamento del recurso, indica el abogado que el día 19 de abril de 2023, en causa RIT 213-2022, el Ministerio Público comunicó el cierre
Fallo
se declarara nulo todo lo obrado retrotrayendo a causa al estado de decretar el cierre de la investigación y presentar un solo requerimiento, cosa que en definitiva así ocurrió, a lo que la defensa y la curadora ad-liten no se opusieron, y por ello el Tribunal resolvió como ya es sabido. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que la acción de amparo prevista en nuestra Constitución Política de la República de Chile, constituye una garantía destinada a cautelar el bien jurídico, libertad personal y seguridad individual, procediendo frente a actos que la perturben o amenacen, con infracción a lo dispuesto en la Constitución y las leyes. Segundo: Que mediante este recurso se cuestiona la legalidad de la resolución dictada el día 10 de agosto de 2023 por el Juzgado de Garantía de Petorca, mediante la cual decretó la nulidad de lo obrado, retrotrayendo la causa al estado de que el Ministerio Público presente un nuevo requerimiento, lo estima que no es procedente atendido que en la causa RIT 213-2022 ya se había decretado el cierre de la investigación y ya se había presentado requerimiento de medida de seguridad. Tercero: Que el recurso de amparo no es la vía idónea para revisar la ritualidad del proceso, sino que es una acción cautelar que tiene por objeto resguardar la libertad personal y la seguridad individual, respecto de las cuales no se advierte la forma en que sean afectadas mediante al resolución que dispuso la nulidad y retrotr
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I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, comparece el abogado Claudio Nettle, defensor penal público, en representación de la requerida doña Belén Rojas Cheuquepan, en causa RIT 213-2022 del Juzgado de Garantía de Petorca, en contra de la resolución dictada con fecha 10 de agosto del 2023, por el juez del citado juzgado, don César Luis Aliag
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