NAVARRO LEIVA DANILO ANDRÉS / TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE QUILLOTA
Rol
Fecha
26 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, comparece el abogado Nelson Gabriel Cid Castro, defensor penal público, en favor de Danilo Andrés Navarro Leiva, acusado en autos RIT 84-2022 RUC 1801025548-8, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, en contra de la resolución de 17 de agosto de 2023 dictada por el tribunal mencionado que reprogramó la audiencia de juicio oral y mantuvo la prisión preventiva del imputado. Expone que se dedujo acusación contra el amparado por el delito de violación contra menor de 14 años, establecido en el artículo 362 del Código Penal. Refiere que con fecha 16 de agosto de 2023 debía realizarse audiencia de juicio oral ante el tribunal recurrido, la que no se llevó a cabo por la incomparecencia de la perito de reemplazo en atención a que presentó licencia médica, optando el tribunal por fijar, a petición del Ministerio Público, nueva fecha de juicio oral. En aquella audiencia la defensa se opuso a la reprogramación atendido que el acusado se encontraba privado de libertad, revisándose la medida cautelar, tras lo cual se decidió mantener la prisión preventiva y se fijó audiencia de juicio oral en la causa descrita para los días 7 y 8 de septiembre de 2023, a las 09.00 horas. Considera el abogado que la resolución el ilegal ya que transgrede el artículo 281 del Código Procesal Penal al reprogramar la audiencia de juicio y la fija en un plazo que excede del establecido en el artículo 281 del Código Procesal Penal. Afirma que dicha norma es plenamente aplicable y que además el amparado está sujeto a la medida de prisión preventiva, de manera que su privación de libertad es ilegal y arbitraria ya que estará sujeto a dicha medida en un plazo superior al que corresponde conforme a la ley y que, de no poder efectuarse el juicio en el plazo señalado en el artículo 281 corresponde que espere el juicio en libertad. Pide como medida para restablecer el imperio del derecho que se deje sin efecto la resolución de diecisiete de agosto de dos mil vein
Fundamentos
considerando para ello, los antecedentes aportados por los intervinientes en dicha oportunidad, no siendo esta la vía para revisar el mérito de la misma, al existir recursos ordinarios para tales efectos.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Danilo Andrés Navarro Leiva, contra el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota Comuníquese por la vía más expedita, a través de Secretaría. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1541-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, comparece el abogado Nelson Gabriel Cid Castro, defensor penal público, en favor de Danilo Andrés Navarro Leiva, acusado en autos RIT 84-2022 RUC 1801025548-8, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, en contra de la resolución de 17 de agosto de 2023 dictada por el tribunal me
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