MORAGA/ISAPRE BANMEDICA S.A.
Rol
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 07 de julio de 2023, comparece Elizabeth Fredes Rosales, en beneficio de Cristian Moraga Mollenhauer, deduciendo Recurso de Protección en contra de ISAPRE BANMEDICA S.A., por la acción ilegal y arbitraria consistente en continuar dando una cobertura limitada a las prestaciones psicológicas y psíquicas, por el solo hecho de tener un plan de salud antiguo, acto arbitrario e ilegal que resulta vulneratorio de los derechos fundamentales contenidos en los artículos 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República de Chile. Expone que el Recurrente está contractualmente vinculado con la recurrida a través del plan de salud. Contrató sin preexistencias y,
Fallo
por tanto, sin restricción alguna de coberturas para patologías, y aun cuando existieran dichas preexistencias es la propia ley la que establece una limitante de 18 a 36 meses, como máximo para dichas coberturas con tope que no puede ser inferior al 25% de la cobertura FONASA. Añade que con fecha 11 de mayo de 2021 fue publicada la Ley N°21.331 sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental. Destaca que hasta antes de la entrada en vigencia de ésta, el artículo 190 del D.F.L. N° l del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las Isapres crear planes de salud que contemplen coberturas reducidas para determinadas prestaciones -sin distinción-, poniendo como límite que en ningún caso pueden ser inferiores al 25% de la cobertura FONASA. Añade que el mismo plan le asigne a la prestación genérica correspondiente, ni a la cobertura que contempla el Arancel del Fonasa en la Modalidad de Libre Elección. En virtud de dicha disposición, las Isapres han establecido en sus planes de salud coberturas reducidas para el conjunto de prestaciones asociadas a la salud mental, lo que en la práctica se traduce en una restricción general para ese tipo de afecciones lo que es contrario al interés final del legislador y al tenor literal de la Ley. Refiere que con fecha 8 de Noviembre de 2021, la Superintendencia de Salud dictó la Circular 396 que tiene por objeto ajustar las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el
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Moraga Mollenhauer, Cristian Isapre Banmédica S.A.. Recurso de Protección Rol N°1718-2023.- La Serena, veinticinco de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 07 de julio de 2023, comparece Elizabeth Fredes Rosales, en beneficio de Cristian Moraga Mollenhauer, deduciendo Recurso de Protección en contra de ISAPRE BANMEDICA S.A., por la acción ilegal
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