CLAUDIO IVAN DE DIEGO MUÑOZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Rodolfo Robles Pino, defensor penal público penitenciario, para interponer recurso de amparo en favor del condenado Claudio Iván de Diego Muñoz, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Puente Alto, en contra de Resolución de 18 de abril del presente año, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la concesión de dicho beneficio a su representando. Expone que su representado se encuentra cumpliendo dos condenas. La primera, dictada por el 14° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT: 3498-2020, a una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, por el delito de receptación de vehículo motorizado y una pena de 41 días de prisión en su grado máximo por el delito de receptación. La segunda, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto en causa RIT: 11950-2018, a una de pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo por sorpresa; registrando un total de 813 días de abono. Agrega que, de acuerdo a su ficha única, registra como fecha de inicio de condena el 26 de mayo de 2020 y de término el 9 de octubre de 2024, siendo su tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 29 de julio de 2022. Indica que su defendido cumple con todos los requisitos legales para que se le otorgue la libertad condicional, al contar con el tiempo mínimo de postulación, con muy buena conducta los últimos cuatro bimestres y con un informe psicosocial que permite orientar sobre sus factores de riesgo y reincidencia, y con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. De este destaca, en lo educacional, que el interno ha participado de la oferta educacional de la Unidad Penal, egresando de educación media de adultos en el año 2022 en el establecimiento educacional Camino de Luz y, en lo laboral, que ejerció actividades en taller de madera, tanto en anterior condena como en la a
Fallo
por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional de la recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Claudio Iván de Diego Muñoz en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°611-2023 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Rodolfo Robles Pino, defensor penal público penitenciario, para interponer recurso de amparo en favor del condenado Claudio Iván de Diego Muñoz, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Puente Alto, en contra de Resolución de 18 de abril del presente año, dictada por la
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