ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de agosto de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º) Que en la especie, la juez a quo no dio curso a la demanda, ordenando el archivo de los autos, en razón de haber reparado en que el escrito de demanda señala un domicilio distinto del que figura en el sistema SITFA respecto de la parte demandante; 2º) Cotejada esa observación con los parámetros normados en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 54-1 y 57 de la ley 19.968, queda de manifiesto que no se encuadra en una eventual deficiencia que amerite la atención del tribunal para los efectos de la admisibilidad de la demanda, encontrándose facultado para ordenar que se subsanen defectos...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1º) Que en la especie, la juez a quo no dio curso a la demanda, ordenando el archivo de los autos, en razón de haber reparado en que el escrito de demanda señala un domicilio distinto del que figura en el sistema SITFA respecto de la parte demandante; 2º) Cotejada esa observación con los parámetros normados en el
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