A.F.P. CAPITAL S.A. CON MUNICIPALIDAD DE HUALPEN
Rol
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1) Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo los recursos se rigen por las normas establecidas en el Párrafo 5° del mencionado Código y, supletoriamente, por las normas establecidas en el Libro Primero del Código de Procedimiento Civil. 2) Que la regulación de los recursos procesales no contempla el de casación; ni está dentro de las normas que rigen el cumplimiento de las sentencias y la ejecución del título ejecutivo laboral de autos, siendo, por lo mismo, improcedente el interpuesto en esta causa. De conformidad a lo expuesto y citas legales, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por la ejecutada en lo principal del escrito de 02 de agosto del año en curso (f.37) en contra de la sentencia definitiva de veintiuno de julio de dos mil veintitrés (F.32). Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-597-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por la ejecutada en lo principal del escrito de 02 de agosto del año en curso (f.37) en contra de la sentencia definitiva de veintiuno de julio de dos mil veintitrés (F.32). Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-597-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/v.p.s. Concepción, veinticinco de agosto de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1) Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo los recursos se rigen por las normas establecidas en el Párrafo 5° del mencionado Código y, supletoriamente, por las normas establecidas en el Libro Primero del Código de Procedimiento Civil. 2) Que la regu
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