ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que rechaza la solicitud de la Abogada coordinadora de la Línea de Representación Jurídica Especializada “La Niñez y Adolescencia se Defienden” de dejar sin efecto la designación de curaduría ad-litem, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/v.p.s. Concepción, veinticinco de agosto de dos mil veintitrés. Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la re
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