JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PUBLICO C/ ANA ELISABETH LOPEZ BELMAR Y OTROS

Rol

Fecha

24 de agosto de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: I.- Respecto al imputado Bastián Camilo Ortega Cárdenas: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, considerando la irreprochable conducta anterior y que otras medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y seguridad de la sociedad, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha quince de agosto de dos mil veintitrés, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, y en su lugar

Fallo

se declara que se la deja sin efecto. II.-Respecto a los imputados Ana Elisabeth López Belmar, Roberto Hosnar Fuenzalida Leiva y Marcelo Miguel Muñoz Sorricueta: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha quince de agosto de dos mil veintitrés dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué. Acordada, en cuanto a la revocación de la prisión preventiva respecto del imputado Ortega Cárdenas, con el voto en contra del Ministro Sr. Alejandro García Silva, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en dicha parte, en virtud de sus propios fundamentos. Acordada, en cuanto a la confirmatoria de la prisión preventiva de los imputados López Belmar, Fuenzalida Leiva y Muñoz Sorricueta, con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. M. Marisol González Vera, quien estuvo por revocar la resolución en alzada en dicha parte, por cuanto otras de las medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Dese inmediata orden de libertad al imputado BASTIÁN CAMILO ORTEGA CÁRDENAS, en caso que no estuviera privado de ella por otra causa. Sirva la presente acta como suficiente y atento oficio de remisión. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N° Penal-2072-2023

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, se da inicio a esta audiencia a las 10:15 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Video conferencia, siendo presidida por el Ministro señor Alejandro García Silva e integrada por la Ministra Suplente señora M. Marisol González Vera y el Abogado I

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