SIN INFORMACION

MAMANI/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Margarita Angulo Huerta, abogada, Defensora Penal Pública, domiciliada en Pasaje Isaac Arce N°249 Oficina 401 de Antofagasta, e interpone reclamación en favor de Ivonne Magdiela Mamani Ávalos, cédula de identidad N°24.525.923-9, de nacionalidad boliviana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director don Luis Thayer Correa, con domicilio en Matucana 1223 de Santiago, por haber dispuesto la medida de expulsión del territorio nacional, por Resolución Exenta N°27596 de fecha 12 de junio de 2023, solicitando se acoja la reclamación y se deje sin efecto dicha expulsión. Informa la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que en agosto de 2013, doña Ivonne Mamani ingresó a Chile desde su país de origen Bolivia, con visa turista y por paso habilitado, para buscar oportunidades laborales en el país, solicitó un permiso de trabajo y una vez concedido se desempeñó como auxiliar de aseo en el Hospital Regional de Antofagasta. En noviembre del mismo año viajó a Bolivia para buscar a su familia, volviendo junto a sus hijos y esposo, ingresando al país de manera regular y con proyecto de vida en Chile. La recurrente cuenta con red familiar en Chile, compuesta por su madre y cinco hermanos, los cuales mantienen situación migratoria regular y con proyecto de vida en el país, además, cuenta con el apoyo de su esposo don Freddy Hinojosa Cespedes, quien trabaja en la empresa Prosepan S.A. desempeñándose como sub jefe de panadería, con quien tiene 2 hijos en común, Josué Hinojosa Mamani de 21 años, quien trabaja como cajero en Supermercado Lider y Alex Hinojosa Mamani de 15 años, quien cursa segundo año medio en Liceo Comercial Gerardo Muñoz Campo. Expresa que el 28 de octubre de 2022, la señora Ivonne Mamani, fue condenada por sentencia definitiva del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, en causa RIT 235-2022, como autora del delito de Tráfico Ilícito de Drogas, debiendo cumplir condena de 5 años de Presidio menor en su grado máximo, la cual se encuentra cumpliendo satisfactoriamente a través de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva; y el 31 de marzo de 2023, fue notificada del inicio de un proceso sancionatorio seguido en su contra, por infringir la ley migratoria, en dicho proceso, ésta presentó descargos indicando no mantener infracciones migratorias, mantener familia en Chile, adjuntando la documentación respectiva, pero el 26 de julio de 2023, en el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Antofagasta, de la Policía de Investigaciones se le notificó personalmente la medida de expulsión por resolución exenta N°27596 de fecha 12 de junio de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones. Expresa que la reclamante se encuentra cumpliendo la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y contribuyendo al país, porque está trabajando como paradocente en la Unidad Educativa B-32 donde mantiene contrato de trabajo vigente. Añade que doña Ivonne Mamani, no presenta anotaciones en su país y no registra anotaciones posteriores por la comisión de nuevos hechos delictivos, por lo que su expulsión le causaría grave perjuicio y a su grupo familiar. Seguidamente se refirió al derecho a la libertad personal, indicando que está reconocido en diversos instrumentos internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 9.1 y también en la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 7 y 22 que aseguran el derecho de circulación y residencia. Añade que en lo que respecta al derecho nacional, el artículo 19 N°7 de la Constitución Política asegura a

Fallo

fallo de la Excma. Corte Suprema al efecto. Termina solicitando se acoja la reclamación y se declare que dicha expulsión es agraviante para la reclamante y su familia y, en consecuencia, dejarla sin efecto. SEGUNDO: Que Guillermo Quezada Bruzzone, abogado de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, informó solicitando el rechazo del recurso por no existir acto u omisión de la autoridad, que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en la Constitución Política de la República. Expone que el 23 de abril de 2015 el Departamento de extranjería y migración del Ministerio del Interior, otorgó a la recurrente el beneficio migratorio de residencia definitiva, por medio de Resolución Exenta N°63.074. Destaca que consta en sentencia definitiva de 28 de octubre de 2022, del Juzgado de Garantía de Antofagasta, que la recurrente fue condenada en causa RIT 235-2022, a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de condena, pago de una multa de 20 UTM, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Añade que en la sentencia consta que la extranjera fue sorprendida junto a otros sujetos, transportando 13 paquetes contenedores de cocaína base, con una pureza del 75% y que pesaron 12 kilos y 750 gramos brutos. Afirma q

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Antofagasta, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Margarita Angulo Huerta, abogada, Defensora Penal Pública, domiciliada en Pasaje Isaac Arce N°249 Oficina 401 de Antofagasta, e interpone reclamación en favor de Ivonne Magdiela Mamani Ávalos, cédula de identidad N°24.525.923-9, de nacionalidad boliviana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su

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