SIN INFORMACION

MUNICIPALIDAD DE RENGO CON SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LOS MAITENES LIMITADA

Rol

Fecha

23 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Con fecha 8 de mayo de 2023 Milton Cuevas Jara, abogado, por la ejecutante, en los autos sobre juicio ejecutivo caratulados “Ilustre Municipalidad de Rengo con Sociedad Constructora e Inmobiliaria Los Maitenes Limitada”, Rol C-1404-2019, interpone falso recurso de hecho, en contra de la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de Rengo, con fecha 25 de Abril del 2023, que concedió el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte ejecutada el 15 de Abril de 2023 en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 12 de Abril del 2023, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento. Señala que la reposición con apelación subsidiaria, resulta claramente improcedente, primero porque es el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, el cual autoriza a deducir en subsidio del recurso de reposición el recurso de apelación y no los artículos citados por la ejecutada en su recurso tales como el 181 y 186 del mismo cuerpo legal y, en segundo lugar, porque tampoco concurren los supuestos que contempla el precepto legal 188 del Código de Procedimiento Civil, para que sea procedente la apelación en subsidio incoada por la parte ejecutada, ya no se trataba de una resolución que altera la substanciación regular del procedimiento, y tampoco se trata de una resolución que haya recaído sobre tramites que no están expresamente ordenados por ley, pues la resolución que resuelve un incidente de abandono de procedimiento es una sentencia interlocutoria, ya que falla un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes a favor de las partes. Añade que en el caso de autos, la apelación debía deducirse de manera directa y, por ello, en el juez debió denegar de plano, por improcedente, no solo el recurso de reposición; sino que también el de apelación subsidiario. Pide acoger el recurso y en definitiva no dar ha lugar al recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte ejecutada, por ser improcedente. SEGUNDO: Que en su infor

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C.A. de Rancagua Rancagua, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Con fecha 8 de mayo de 2023 Milton Cuevas Jara, abogado, por la ejecutante, en los autos sobre juicio ejecutivo caratulados “Ilustre Municipalidad de Rengo con Sociedad Constructora e Inmobiliaria Los Maitenes Limitada”, Rol C-1404-2019, interpone falso recurso de hecho, en contra de la resolución dictada por

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