SOTO/MELINAO
Rol
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
MONITORIO-PRECARIO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por el abogado don Eliazer Poblete Torres contra la resolución de fecha nueve de junio de dos mil veintitrés. Devuélvase. N°Civil-1035-2023.(ela)
Fallo
se resuelve: A lo principal: atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 18-j de la Ley N°18.101, ha lugar a la reposición deducida en autos; subsidiariamente, al recurso de apelación, habiéndose acogido la reposición, se omite pronunciamiento respecto a éste. Al otrosí: téngase por acompañados, con citación. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por el abogado don Eliazer Poblete Torres contra la resolución de fecha nueve de junio de dos mil veintitrés. Devuélvase. N°Civil-1035-2023.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 8, se resuelve: A lo principal: atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 18-j de la Ley N°18.101, ha lugar a la reposición deducida en autos; subsidiariamente, al recurso de apelación, habiéndose acogido la reposición, se omite pronunciamiento respecto a éste. Al otrosí: téngase por
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