SIN INFORMACION

ORTIZ/CAPPELLO

Rol

Fecha

22 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció la fiscal doña Sandra Ortiz Morales, en representación del Ministerio Público, en causa RIT 3272-2023, RUC 2300813510-K del 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad, e interpuso recurso de hecho en contra de la resolución del aludido tribunal de fecha 29 de julio de 2023, que denegó el recurso de apelación verbal en contra de la resolución que negó la medida cautelar de internación provisoria respecto del adolescente Andy Calderón Beltrán, dictada en audiencia de control de detención celebrada con esa data. Lo anterior, por considerar el Tribunal que la medida cautelar de internación provisoria no está dentro del catálogo de resoluciones que son apelables de manera verbal. Hace referencia a los hechos por los que se formalizó la investigación del joven ya individualizado, por el delito de parricidio, frustrado, y del debate de medidas cautelares que tuvo lugar en esa oportunidad. Funda su recurso de hecho en que para la procedencia del recurso de apelación verbal se debe, entre otras hipótesis, haber denegado la prisión preventiva cuando se ha formalizado por uno de los delitos señalados en la norma del artículo 149 del Código Procesal Penal, entre los que se encuentran el parricidio. Enseguida, desprende que la magistrado obrante ha efectuado una errónea interpretación de las normas de la Ley N° 20.084 y de las normas que regulan la prisión preventiva en el Código Procesal Penal, así como del artículo 5° del mismo cuerpo legal, toda vez que la medida cautelar de internación provisoria establecida en la Ley N° 20.084 es equivalente en su naturaleza a la medida de prisión preventiva que rige para los imputados mayores de edad y regulada en el Código Procesal Penal. Invoca jurisprudencia sobre la materia. Por otro lado, argumenta que el artículo 27 de la Ley 20.084, dispone entre otros, que la investigación, juzgamiento y ejecución de la responsabilidad por infracciones a la ley penal por parte de adolescentes se reg

Fallo

por tanto regir las normas generales, razón por la cual el presente recurso de hecho será desestimado. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la fiscal Sandra Ortiz Morales, en representación del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N°Penal-3986-2023.- Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Graciela Gómez Quitral, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció la fiscal doña Sandra Ortiz Morales, en representación del Ministerio Público, en causa RIT 3272-2023, RUC 2300813510-K del 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad, e interpuso recurso de hecho en contra de la resolución del aludido tribunal de fecha 29 de julio de 2023, que den

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