CASES/INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PESCA ARTESANAL Y DE LA ACUICULTURA DE PEQU
Rol
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Primero: Que, comparece Larry Esteban Venegas Leiton, abogado por la parte demandante Jeimy Cases, en causa RIT Nº T-113-2021 caratulada “Cases con Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de pequeña escala (INDESPA)”, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, quien recurre de nulidad en contra de la sentencia de fecha 29 de mayo del año en curso, que rechazó, sin costas, la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en la que se solicitó se condenara a la demandada al pago de las indemnizaciones que indica en su escrito. Fundamenta el recurso de manera principal, en la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, la sentencia fue dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. La infracción se habría cometido en relación con el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República, esto es, la garantía del debido proceso, ya que en la audiencia de preparación de juicio oral celebrada ante el Juzgado del Trabajo de Valparaíso, se excluyó una grabación de audio que ofreció como prueba, por considerar el tribunal que con ello se vulneraban las garantías constitucionales de la demandada, reguladas en el artículo 19 Nº 4 y 5 de la Constitución. Agrega que la grabación de registros de audio por parte del trabajador, de conversaciones con su empleador habidas en un contexto estrictamente laboral, es un medio de prueba lícito y debe ser admitido, dado que dichas conversaciones no están amparadas por una expectativa de razonable privacidad, citando jurisprudencia al efecto. En razón de lo anterior, solicita se declare la nulidad de la audiencia preparatoria y de todo lo obrado hasta la dictación de la sentencia recurrida, disponiendo que se retrotrae la causa a la etapa de realizar una nueva audiencia de juicio ante juez no inhabilitado. Segundo: Que, desde ya no es posible acog
Fundamentos
considerando undécimo de la sentencia recurrida los dichos de de ellos. Quinto: Que, revisado el
Fallo
fallo en cuestión, en su razonamiento 11° el sentenciador se hace cargo y analiza la prueba rendida durante la audiencia de juicio. En relación con la documental, sostiene que “…con los correos electrónicos acompañados, la parte denunciada establece formalmente la justificación de la decisión adoptada, en orden a no renovar la contrata de la actor, pues logra acreditar que aquella incurrió en algunas irregularidades en la administración de los fondos, en su calidad de Contadora, por medio de los denominados Convenios Regionales, que asignan recursos a los Pescadores Artesanales, por parte de los Gobiernos Regionales, tales como retrasos en la rendición de gastos a estos Gobiernos, en los pagos de las asignaciones, en el pago de factura, rendición sin firma y timbre y sobregiros de fondo, todas situaciones que este Magistrado califica de graves, por tratarse de recursos fiscales, que causaron un perjuicio económico importante y una pérdida de la confianza legítima, evidenciando un inadecuado control financiero, lo que por razones de buen servicio, lógicamente no podía continuar”. Respecto de la prueba testimonial, sostiene que la conclución antes expuesta es ratificada por este medio probatorio, en particular por los dichos de Marcelo Silva, Director Subrogante en aquel período de INDESPA, a quien se le exhiben algunos de estos correos electrónicos, y Juan Carlos Soto, del Área Técnica. Además del testigo Óscar Henríquez, quien trabajaba en la Subsecretaría de Pesca, reconoce
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Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Primero: Que, comparece Larry Esteban Venegas Leiton, abogado por la parte demandante Jeimy Cases, en causa RIT Nº T-113-2021 caratulada “Cases con Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de pequeña escala (INDESPA)”, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de
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