RETAMAL/TESORERIA PROVINCIAL DE MAIPU
Rol
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Sebastián Andrés Burgos Burgos, en representación del ejecutado Sergio Ariel Retamal Cárdenas, en relación a los Expedientes Administrativos rol N° 10093-2016 y 10104-2014, ambos de la comuna de Talagante, sustanciados ante don Oscar Alfredo Navia Mancilla, en su calidad de Juez Sustanciador de la Tesorería Provincial de Maipú, quien interpone recurso de hecho contra las resoluciones dictadas el 3 de mayo del año en curso y notificadas el 15 del mismo mes y año, la que negó conceder un recurso de apelación en circunstancias que lo estima procedente. Expone que en los procedimientos ejecutivos mencionados, el Tesorero, actuando como Juez Sustanciador, rechazó un incidente de abandono de procedimiento promovido por la parte ejecutada, resoluciones que a su juicio, revisten la naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria, la que resulta apelable conforme a lo previsto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que informando Oscar Navia Mancilla, Tesorero Provincial de Maipú, expone en lo pertinente que el inciso segundo del artículo 190 del Código Tributario hace referencia a las normas contempladas en el Título I del Libro III del Código de Procedimiento Civil, que no contempla el recurso de apelación. Agrega que el carácter de orden público de las disposiciones regulatorias del procedimiento hace que la normativa del derecho procesal deba ser interpretada restrictivamente, no pudiendo el juez sustanciador extender sus normas e instituciones a casos o situaciones no expresamente contempladas por el legislador. En ese contexto, explica que los medios de impugnación sólo proceden en los casos y en contra de las resoluciones que la ley expresamente los concede, por lo que debe concluirse que no cabe el recurso de apelación dentro del marco del procedimiento especial de cobro de obligaciones tributarias de dinero seguido ante el Tesorero Regional o Provincial, toda vez que los artículos 182 y 191
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en representación del ejecutado Sergio Ariel Retamal Cárdenas en los autos administrativos roles 10093-2016 y 10104-2014, ambos de la comuna de Talagante, seguidos ante el Tesorero Provincial de Maipú, en consecuencia, se declara que se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido contra las resoluciones de seis de marzo del año en curso. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo para los fines pertinentes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Tributario Y Aduanero-180-2023.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que, se anunció para alegar, por el recurso, el abogado don Héctor Barría Borquez. Santiago, 22 de agosto de 2023. Carolina Morales Ramírez Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Proveyendo al escrito folio 7, a lo principal, primer y tercer otrosí, téngase presente, al segundo otrosí, como se pide. Visto y teniendo presente: Primero: Que compar
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