SIN INFORMACION

MOLINA/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

22 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, mandatario judicial del recurrente Marco Antonio Molina Beltrán, e interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por vulneración a las garantías constitucionales del artículo 19 N° 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Funda su arbitrio señalando que con fecha 31 de agosto de 2015, el recurrente firmó pagaré por el monto total de $3.689.112.- siendo beneficiaria de la recurrida en estos autos. Con ello y ante una notoria insolvencia, y encontrándose sin empleo, refiere que el recurrente dejó de cumplir con su obligación de pago respecto de ambos créditos con fecha 31 de octubre de 2015. Sin perjuicio de esto, con fecha 19 de abril de 2016, la recurrida interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagaré recayendo ante el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, causas Rol C-659-2016, caratulada “Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes contra Molina”, demanda que a la fecha se encuentra suspendida debida a la incidencia de abandono de procedimiento promovida por su parte. En ese sentido, refiere que la recurrida nunca debió ni debe seguir descontando extrajudicialmente de manera arbitraria e ilegal su crédito, toda vez que esta ha exigido su cobro en sede judicial respecto al cobro de pagaré adeudado, no siendo procedente por consiguiente accionar o perseguir el cobro y cumplimiento de lo adeudado en ambas sedes. Sobre el particular, menciona que unilateralmente la recurrida practicó descuentos ilegales desde el mes de mayo del año 2023, de manera que la cifra total abusivamente descontada al día de interposición del presente recurso de protección alcanza la suma de $241.668.- Solicite se ordene a la recurrida el reintegro y devolución de todas y cada una de las sumas descontadas de las remuneraciones del recurrente, con los intereses que legalmente correspondan y debidamente reajustadas hasta el momento de dicha devolución; y ab

Fundamentos

fundamentos de derecho que esgrime el recurrente en el presente recurso de protección, Caja Los Andes ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente. Asimismo, dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros. Esto es mayo 2023. Indica que las planillas de descuentos son generadas los días 25 del mes anterior a aquel en que se hacen efectivos los descuentos. No obstante, su representada dispondrá la devolución de toda suma que sea recibida en el intertanto. En estas circunstancias, solicita el rechazo de la acción de protección incoada por cuanto ha perdido oportunidad toda vez que su representada ha accedido voluntariamente al cese de los descuentos y restitución solicitados. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Que de lo expuesto e informado, consta que la Caja de Compensación recurrida, manifestó que dispuso el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado al recurrente, agregando que, adicionalmente, dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros, esto es desde mayo de 2023, de lo que se deprende que se encuentra satisfecha la pretensión objeto del recurso, motivo por el cual esta Corte no se encuentra en condiciones de adoptar las providencias necesarias para asegurar la debida protección del actor, en los términos que contempla el artículo 20 de la Constitución Política y, por consiguiente, al no existir en la actualidad cautela urgente que adoptar, el presente recurso de protección no puede prosperar por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Marco Antonio Molina Beltrán, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-21118-2023. En Valparaíso, veintidós de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, mandatario judicial del recurrente Marco Antonio Molina Beltrán, e interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por vulneración a las garantías constitucionales del artículo 19 N° 3 y 24 de la Constitució

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