4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

YOLANDA GODOY URIBE C/ HERIBALDO HERNAN VERA MILLAR

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Con la cuenta de la señora relatora -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3579-2021. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-3823-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. En Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3579-2021. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-3823-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. En Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Con la cuenta de la señora relatora -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido

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