YOLANDA GODOY URIBE C/ HERIBALDO HERNAN VERA MILLAR
Rol
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: Con la cuenta de la señora relatora -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3579-2021. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-3823-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. En Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3579-2021. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-3823-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. En Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Con la cuenta de la señora relatora -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido
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