Jdo. de Letras del Trabajo de Puerto Montt

ELGUETA/MARYUN SERVICIOS SPA

Rol

J-73-2020

Fecha

8 de julio de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la presente causa ejecutiva RIT J-73-2020, se inició por demanda ejecutiva interpuesta por don Alex Elgueta Hernández, trabajador, domiciliado para estos efectos en calle Urmeneta Nº305, de la ciudad de Puerto Montt, en contra de su ex empleador, Maryun Servicios SpA, representada legalmente por doña Susan Elena Weisset, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Sargento Silva N° 709, de la comuna de Puerto Montt. Señala que, según el acta de avenimiento, arribada en autos laborales RIT , de fecha 23 de octubre de 2020, la parte ejecutada se obligó a pagar la suma total de $2.000.000, a más tardar el día 06 de noviembre de 2020, mediante transferencia electrónica o depósito en la cuenta Rut Banco Estado del demandante. Refiere que la ejecutada no pagó en la fecha indicada, dentro del plazo que tenía como fatal, correspondiendo que se haga efectivo de inmediato el pago total de la deuda e incrementada en un 150%, de conformidad con lo pactado por las partes en la cláusula cuarta del avenimiento, con costas. Segundo: Que, la ejecutada opuso la excepción de pago de la deuda. Indica que su representada dando cumplimiento a lo acordado en el avenimiento, intentó hacer transferencia y/o depositar en el Banco Estado, lo que no fue posible por las limitantes que tiene la Cuenta RUT. Señala que se intentó hacer entrega del cheque en la Oficina de la Defensoría, pero tampoco estaban atendiendo de forma presencial, por lo que el cheque se hizo llegar al Tribunal, el que se encuentra a disposición del demandante para que lo retire y cobre por caja. Sostiene, finalmente, que su representada ha pagado el crédito al que se obligó y, en virtud de ello, señala que no es procedente el incremento del 150% que pretende la ejecutante. Tercero: Que la ejecutante no evacuó el traslado conferido. Cuarto: Que el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando el siguiente hecho a probar: -Efectividad de encontrarse pagadas las sumas demandadas en la presente ejecución. Quinto: Que, la ejecutante rindió los siguientes medios de prueba: solicitó oficio al Banco Estado, a fin que informe, sobre el límite de dineros que se pueden transferir o depositar en una cuenta RUT; y, además, solicitó se traiga a la vista la causa RIT M-225-2020, del Juzgado del Trabajo de Puerto Montt. Sexto: Que la parte ejecutada no rindió ningún medio de prueba. Código: XCBGXXPVYXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Séptimo: Que revisado el título en que se funda la ejecución, consistente en un avenimiento suscrito por las partes y aprobado por este Tribunal en la causa RIT , consta que en su cláusula tercera la ejecutada se obligó a pagar a la ejecutante la suma de $2.000.000, a más tardar el 06 de noviembre de 2020, mediante transferencia o depósito en la cuenta RUT del Banco Estado del demandante; y además, que en la cláusula cuarta, estipularon que: “El no pago oportuno de las sumas acorda

Fallo

se declarará en lo resolutivo de este fallo. Y vistos lo dispuesto en los artículos 463 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se rechaza la excepción de pago, opuesta por la parte ejecutada Maryun Servicios SpA, con fecha 04 de mayo de 2021. II.- Que no se condena en costas a la parte ejecutada, por estimar que ha existido motivo plausible para litigar. Notifíquese por correo electrónico a los abogados de las partes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Código: XCBGXXPVYXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT J-73-2020 RUC 20- 3-0340417-2 Resolvió doña PAULINA MARIELA PÉREZ HECHENLEITNER, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Certifico que notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, a ocho de julio de dos mil veintidós. Código: XCBGXXPVYXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-08T14:57:10-0400

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Puerto Montt, ocho de julio de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Que la presente causa ejecutiva RIT J-73-2020, se inició por demanda ejecutiva interpuesta por don Alex Elgueta Hernández, trabajador, domiciliado para estos efectos en calle Urmeneta Nº305, de la ciudad de Puerto Montt, en contra de su ex empleador, Maryun Servicios SpA, representada legalmente por doña Susan Elena

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