SIN INFORMACION

BANCO SANTANDER -CHILE/SEPTIMO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, comparece el abogado Leonor Cid Clavero, en representación de Banco Santander-Chile S.A. parte demandante en autos sobre acción ejecutiva de obligación de dar, seguidos ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en causa rol C-1693-2023, caratulada “Banco Santander Chile Con Gaete Valdés, Sergio Iván”, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada el 27 de junio de 2023, que concedió en ambos efectos el recurso de apelación subsidiario que interpuso en contra de la resolución que recibió a prueba las excepciones opuestas por el ejecutado; y que dio origen al Ingreso Corte Civil-9940-2023. Argumenta que la resolución recurrida es apelable en el solo efecto devolutivo, por lo que el tribunal de grado yerra al concederlo en ambos efectos. Por estas razones y previas citas legales, solicita acoger su recurso de hecho y declarar que el recurso de apelación incoado ha sido concedido en el solo efecto devolutivo. SEGUNDO: Que, del mérito de los antecedentes obrantes en la causa tenida a la vista, correspondiente al Ingreso Corte Civil-9940-2023, consta que la resolución en contra de la que se dedujo el recurso de apelación cuestionado por esta vía procesal es aquella pronunciada el día 16 de mayo de 2023, mediante la cual, el juez del grado declaró admisibles las excepciones opuestas a la ejecución, recibiéndolas a prueba. TERCERO: Que, no cabe duda de que la resolución apelada es una sentencia interlocutoria de segundo grado, pues resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva. De esta forma teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 194 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, no cabe más que concluir que el tribunal del grado yerra al conceder el recurso de apelación en ambos efectos. CUARTO: Que, sin perjuicio de lo anterior, no es posible soslayar que, del mérito de los antecedentes obrantes en el proceso de primera instancia, consta que, mediante resolució

Fallo

Por estas razones y previas citas legales, solicita acoger su recurso de hecho y declarar que el recurso de apelación incoado ha sido concedido en el solo efecto devolutivo. SEGUNDO: Que, del mérito de los antecedentes obrantes en la causa tenida a la vista, correspondiente al Ingreso Corte Civil-9940-2023, consta que la resolución en contra de la que se dedujo el recurso de apelación cuestionado por esta vía procesal es aquella pronunciada el día 16 de mayo de 2023, mediante la cual, el juez del grado declaró admisibles las excepciones opuestas a la ejecución, recibiéndolas a prueba. TERCERO: Que, no cabe duda de que la resolución apelada es una sentencia interlocutoria de segundo grado, pues resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva. De esta forma teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 194 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, no cabe más que concluir que el tribunal del grado yerra al conceder el recurso de apelación en ambos efectos. CUARTO: Que, sin perjuicio de lo anterior, no es posible soslayar que, del mérito de los antecedentes obrantes en el proceso de primera instancia, consta que, mediante resolución de 10 de julio de 2023, el Séptimo Juzgado Civil de Santiago declaró la nulidad de la resolución dictada el 27 de junio de 2023, que concedió en ambos efectos el recurso de apelación de la parte demandante, así como del certificado de remisión, dictando una nueva resolución en la que conc

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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece el abogado Leonor Cid Clavero, en representación de Banco Santander-Chile S.A. parte demandante en autos sobre acción ejecutiva de obligación de dar, seguidos ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en causa rol C-1693-2023, caratulada “Banco Santander Chile Con Gaete Valdés, Sergio Iván”, ded

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